Luz verde al nuevo decreto de regularización de inmigrantes del Gobierno: cómo solicitarlo, requisitos, documentación y plazos

📅 14/04/2026

El Gobierno ha dado este martes un paso decisivo en política migratoria al aprobar el real decreto que permitirá regularizar de forma extraordinaria a cientos de miles de personas en situación irregular en España. La medida, defendida por el Ejecutivo como una “urgencia social”, busca integrar a quienes ya viven y trabajan en el país, pero sin respaldo legal, facilitando su acceso a derechos básicos y al mercado laboral.

La reforma modifica el reglamento de la Ley de Extranjería y abre la puerta a que cerca de medio millón de inmigrantes puedan obtener permisos de residencia y trabajo. Se trata de una de las mayores regularizaciones de los últimos años, con un enfoque centrado en el arraigo y la integración social.

El decreto establece dos grandes perfiles de beneficiarios. Por un lado, los solicitantes de protección internacional que hayan presentado su solicitud de asilo antes del 1 de enero de 2026, independientemente de que esté en trámite o haya sido rechazada. Y por otro, las personas extranjeras en situación administrativa irregular que ya residan en España. En este caso, deberán demostrar que se encontraban en el país antes de esa misma fecha y que han permanecido al menos cinco meses de forma continuada en territorio español.

La medida no establece restricciones por nacionalidad y está pensada para quienes ya tienen algún grado de arraigo, ya sea social, familiar o laboral. Sin embargo, quedan fuera del proceso las personas apátridas, según ha precisado el Ministerio de Inclusión, para evitar duplicidades con otros procedimientos específicos.

El real decreto que regula este proceso de regularización se publicará en el Boletín Oficial del Estado el próximo 15 de abril. A partir del día siguiente, jueves 16, se abrirá el periodo para presentar solicitudes por vía telemática. Ese mismo día también se activará el sistema de cita previa en la web para quienes opten por la atención presencial, aunque las primeras citas en oficinas no comenzarán hasta el lunes 20 de abril. El plazo para tramitar solicitudes, tanto online como en persona, permanecerá abierto hasta el 30 de junio.

Las notificaciones al solicitante se realizarán, principalmente, a través del mismo canal utilizado para iniciar el trámite. Por ello, es fundamental completar correctamente los datos personales y de contacto —teléfono, correo electrónico y dirección— en el momento de presentar la solicitud, ya que serán la vía de comunicación durante todo el proceso. En caso de que la gestión se lleve a cabo mediante un representante, será este quien reciba preferentemente las comunicaciones relacionadas con el estado del expediente.

Una vez que se obtenga una resolución favorable, el siguiente paso será solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE). Este trámite deberá realizarse en un plazo máximo de un mes desde la resolución y se gestionará ante las unidades de documentación de la Policía Nacional.

Más allá de los criterios de acceso, el decreto fija una serie de requisitos comunes. Los solicitantes deberán encontrarse físicamente en España antes del 1 de enero de 2026, carecer de antecedentes penales tanto en territorio nacional como en los países donde hayan residido en los últimos cinco años, y no suponer una amenaza para el orden público o la salud pública.

También será necesario no tener prohibida la entrada en España, no estar sujeto a un compromiso de no retorno y abonar la tasa administrativa correspondiente. En el caso de la autorización extraordinaria, bastará con cumplir al menos una condición adicional: haber trabajado o contar con una oferta laboral, tener vínculos familiares en España o encontrarse en situación de vulnerabilidad. El texto introduce una novedad relevante al presumir esa vulnerabilidad en muchos casos, lo que facilitará el acceso al procedimiento.

Todas las personas interesadas deberán presentar una serie de documentos básicos para iniciar el proceso. Entre ellos, se incluye la solicitud oficial conforme al modelo que facilitará el portal de la Regularización, junto con una copia completa del pasaporte, cédula de inscripción o documento de viaje válido en España. También será imprescindible aportar pruebas que acrediten la presencia en el país antes del 1 de enero de 2026, así como justificar una permanencia continuada de al menos cinco meses previos a la solicitud.

Para ello, se admitirán distintos documentos con datos identificativos, como empadronamientos, contratos de alquiler, billetes nominativos, certificados de estudios o movimientos bancarios en territorio español. Además, será obligatorio presentar certificados de antecedentes penales tanto de España como del país de origen y de aquellos en los que se haya residido en los últimos cinco años. Todos los documentos deberán ser nominativos y estar fechados para que tengan validez.

Por otro lado, quienes no hayan solicitado protección internacional deberán demostrar al menos una de estas tres circunstancias adicionales: haber trabajado en España, ya sea por cuenta propia o ajena; contar con una unidad familiar en el país, incluyendo hijos menores o mayores con discapacidad, así como ascendientes directos; o encontrarse en situación de vulnerabilidad. Este último supuesto deberá acreditarse mediante un certificado oficial, disponible en la web de la Regularización, que tendrá que estar validado por entidades autorizadas o por los servicios sociales correspondientes lavand.es.

Una de las modificaciones introducidas en la versión final del decreto afecta a los antecedentes penales. El Ejecutivo ha eliminado la posibilidad de sustituir este requisito por una declaración responsable, tras las objeciones del Consejo de Estado. No obstante, se contempla que la Administración pueda recabar esta información directamente de los países de origen si el solicitante demuestra dificultades para obtenerla. También se permitirá iniciar el proceso con el pasaporte caducado, una medida que busca evitar bloqueos administrativos y agilizar los trámites.

Para realizar el trámite de forma presencial será imprescindible disponer de cita previa. Las solicitudes podrán presentarse de lunes a viernes en distintos puntos habilitados. En el caso de las Oficinas de Extranjería (OEX), habrá sedes disponibles en ciudades como Madrid, Alicante, Valencia, Almería y Murcia, con atención en horario de 16:00 a 19:00 horas.

También se podrá acudir a oficinas de la Seguridad Social, donde se garantizará al menos un punto de atención en cada capital de provincia y en municipios con más de 50.000 habitantes. El horario en este caso será de 8:30 a 17:30 horas. Por último, Correos contará con al menos una oficina habilitada en cada provincia, ofreciendo atención en horario de 16:00 a 19:00 horas.

A través del portal de Regularización, utilizando el sistema Cl@ve, los usuarios podrán elegir la oficina, así como el día y la hora de su cita. En caso de no disponer de este sistema, es posible informarse sobre cómo obtenerlo o pedir a otra persona que sí lo tenga que gestione la cita en su nombre.

También existe la opción de solicitarla mediante un formulario online dentro del mismo portal, aunque en este caso no se podrá seleccionar ni la oficina ni la fecha, ya que se asignará automáticamente el centro más cercano según los datos facilitados. Otra alternativa es realizar la gestión llamando al teléfono 060, disponible en español.

El Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos ha anunciado la puesta en marcha de una red de gestorías especializadas en extranjería, conocidas como GOEX, que funcionarán como “Puntos Seguros de Tramitación”. El objetivo es ofrecer garantías a los inmigrantes en pleno proceso de regularización y evitar posibles engaños o prácticas irregulares.

Esta iniciativa surge después de que se hayan detectado en los últimos meses diversas actuaciones fraudulentas, como el cobro por citas que deberían ser gratuitas, promesas de regularización “asegurada” sin respaldo legal, la venta de supuestos turnos inexistentes o el uso de justificantes sin ningún tipo de control.

La notificación que confirma el inicio del procedimiento administrativo concede de forma automática el permiso para trabajar en cualquier punto de España y en todos los sectores, lo que permite acceder al empleo en condiciones legales y con garantías tanto para el trabajador como para la empresa.

Conviene diferenciar este documento del simple justificante de presentación de la solicitud, ya que no tienen la misma validez. La comunicación oficial será emitida por la Unidad de Tramitación de Expedientes (UTEX) y es la que realmente activa los derechos asociados al proceso. A partir de ese momento, el solicitante recibirá de oficio un Número de la Seguridad Social y el reconocimiento de su derecho a la asistencia sanitaria. La autorización tendrá una duración inicial de un año, tras el cual será necesario adaptarse a las vías ordinarias establecidas en la normativa de extranjería.

Luz verde al nuevo decreto de regularización de inmigrantes del Gobierno: cómo solicitarlo, requisitos, documentación y plazos

Contenido original en https://www.elconfidencial.com/espana/2026-04-14/1qrt-luz-verde-decreto-regularizacion-inmigrantes-gobierno-requisitos-plazo_4297092/

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