Giro de 180º en el DNI: el cambio que llega a España a partir de 2031
Durante mucho tiempo, las personas mayores encontraban tranquilidad en saber que su Documento Nacional de Identidad no necesitaba renovación. El conocido como DNI permanente, creado para mayores de 70 años y personas con discapacidad grave, permitía evitar los trámites de renovación periódica. Sin embargo, esta comodidad ya no se alinea con los estándares europeos, lo que ha generado una transformación importante con fecha límite establecida: el 3 de agosto de 2031. Desde ese momento, incluso quienes poseen el DNI permanente deberán actualizarlo.
Origen del cambio: Normativa europea
Esta modificación surge de un reglamento europeo del año 2019 que busca estandarizar los criterios de seguridad y digitalización en todos los países miembros. España, como era de esperar, debe adaptarse a estas disposiciones. El Gobierno así lo ha confirmado mediante una respuesta escrita a una consulta parlamentaria. Aunque esta noticia ha pasado inadvertida para muchos, impacta directamente a numerosas personas que consideraban su documentación válida de por vida. La situación se hizo evidente a través de un caso específico: un hombre de 89 años a quien se le negó el embarque en un vuelo por poseer este tipo de DNI. Este incidente, más allá de ser aislado, demostró que la validez del documento ya no es absoluta. La normativa europea prevalece, y ahora toca actualizarse.
¿Qué era el DNI permanente?
Hasta la fecha, el DNI permanente representaba una solución diseñada para simplificar la vida de quienes más lo requerían: personas mayores de 70 años y aquellas con importantes limitaciones físicas. Era un documento sin fecha de vencimiento, que liberaba de la obligación de realizar renovaciones regulares. No obstante, esto contradice los nuevos estándares europeos, que demandan mayor control, seguridad y seguimiento documental. Por esta razón, la Unión Europea ha fijado un plazo máximo para eliminar todos los documentos que no cumplan con los nuevos requisitos: 3 de agosto de 2031.
¿A quiénes afecta principalmente?
- Principalmente impacta a los DNIs emitidos entre 1990 y 2006 con carácter permanente.
- Aunque mantienen su validez hasta esa fecha, sus titulares deberán renovarlos para ajustarse al nuevo formato.
- Según ha explicado el Gobierno, la renovación podrá realizarse de manera voluntaria y sin cita previa en las Unidades de Documentación.
- Se trata de un proceso más accesible que el habitual, específicamente para no complicar la situación de quienes puedan enfrentar dificultades de movilidad.
Nuevo formato europeo para el DNI
En la actualidad, desaparece oficialmente el término "permanente" en los campos de validez del DNI. En su lugar, se implementa una fórmula simbólica: la fecha 01-01-9999. Esto no significa que el documento sea eterno, sino que corresponde a una nueva manera de registrar la validez según el reglamento europeo. En la práctica, los DNIs para mayores de 70 años tendrán una duración superior a los 10 años, pero con una apariencia de fecha final para cumplir con los nuevos estándares.
Este ajuste está respaldado por el Real Decreto 255/2025, que actualiza la normativa española sobre el Documento Nacional de Identidad. Y no se trata solo de un cambio de formato: también se están integrando mejoras tecnológicas. El nuevo DNI electrónico europeo incorporará certificados de firma digital, herramientas de autenticación y funcionalidades para facilitar trámites administrativos en línea. Todo esto estará disponible en plataformas como la página oficial del DNI electrónico o el portal MiDNI, donde los ciudadanos podrán activar y administrar su versión digital.
El caso Ryanair: La situación que reveló el problema
La situación se hizo pública a través de un caso real: un hombre de 89 años no pudo abordar un vuelo de Ryanair desde Eindhoven hacia Reus porque su DNI era permanente. La aerolínea argumentó que no cumplía con los requisitos del trayecto, lo que afectó significativamente a su familia. El caso llegó al Senado, y el Gobierno tuvo que aclarar: ese tipo de documentos dejarán de ser válidos y deben adaptarse a la normativa europea. Al tratarse de un vuelo en Países Bajos, fue la autoridad neerlandesa la que aplicó la normativa.
¿A qué países se puede viajar con el DNI español?
- El DNI español permite viajar dentro de la Unión Europea y a varios países con acuerdos específicos.
- Entre ellos se encuentran: Andorra, Noruega, Suiza, Islandia, Liechtenstein, Mónaco y San Marino.
- También se acepta en destinos como: Albania, Macedonia del Norte, Bosnia, Serbia, Montenegro y Moldavia.
- Sin embargo, todos estos destinos exigen que el documento esté vigente y cumpla con los estándares de seguridad necesarios.
Por lo tanto, aunque el DNI permanente se haya emitido legalmente en su momento, no asegura que continúe siendo válido fuera de España. A partir de ahora, cualquier documento que no se ajuste al Reglamento 2019/1157 de la UE podría ser rechazado en controles fronterizos o embarques, especialmente en vuelos o desplazamientos internacionales. La recomendación es clara: si posees un DNI sin fecha de caducidad visible, considera renovarlo.

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